jueves, 22 de septiembre de 2016

Curso Derecho de las Cofradías (I)

Las hermandades son un pilar indiscutible de la sociedad andaluza. Sólo en la ciudad de Sevilla hay unas 120 hermandades y más de 100.000 cofrades. Su labor caritativa y asistencial es enorme. La Semana Santa atrae a numerosos turistas que inyectan dinero tanto en las Instituciones públicas como en los bolsillos privados PERO…

Todos sabemos que aunque mi hermandad tenga 5000 hermanos, si no fuera por los 20-30 que dedican parte de su tiempo a la hermandad no habría Semana Santa ni existiría ninguna de nuestras hermandades.

Los tiempos cambian y los problemas aumentan y quienes están a cargo de las cofradías se han de enfrentar a cuestiones para las que, en muchas ocasiones, no están preparados.

Es cierto que somos asociaciones sin ánimo de lucro, como otras muchas que hay en cualquier parte de España pero nuestra problemática tiene un plus de dificultad, es más compleja.

Por un lado, somos asociaciones religiosas, asociaciones de fieles católicos, pertenecemos a la Iglesia Católica, esa es nuestra esencia. 

Por eso, hemos de centrar el campo de juego y conocer el marco de actuación: vivimos en un Estado aconfesional según la CE de 1978 y las relaciones con la Iglesia están fijadas por los Acuerdos con la Santa Sede que reconocen autonomía organizativa a la Iglesia. De hecho, tiene un régimen jurídico específico, el Derecho Canónico, como normativa universal para todas las Instituciones, congregaciones, asociaciones que la conforman. Y, además, las cofradías tienen su propio derecho particular: las normas diocesanas y Reglas.

A lo largo de la historia las cofradías han protagonizado numerosos conflictos que han acabado en los tribunales tanto ordinarios como eclesiásticos. Con la separación Iglesia-Estado, las hermandades necesitan cumplir con unas exigencias legales para que la Administración las reconozca como personas jurídicas… 

Desde el momento en que somos personas jurídicas tenemos que cumplir la normativa común, las normas del ordenamiento jurídico español.

continuará.


No hay comentarios:

Publicar un comentario